Perito informático en causas por homicidio y asesinato

Perito Informático

El teléfono como testigo: cronología, ubicación y actividad

En una causa por homicidio o asesinato, los teléfonos de la víctima y del acusado suelen ser la prueba más objetiva que existe: dicen dónde estaba cada terminal, qué actividad tuvo y en qué momento. Pero esos datos hay que extraerlos bien e interpretarlos con rigor, porque una antena no es una dirección y un teléfono no es una persona. Como perito de la defensa analizo esa prueba y la explico de forma comprensible, también ante un Tribunal del Jurado.

Soy Gustavo Martínez Luengo, perito informático forense y judicial con más de 20 años de ejercicio, más de 600 informes periciales y más de 300 ratificaciones en sede judicial, incluidas la Audiencia Nacional y el Tribunal del Jurado. Estoy colegiado en el COITIMUR (nº 30/110), en el COITICV (nº 20220008, verificable aquí) y en el CPITIA Andalucía (nº 20240216, relación pública de colegiados).

Casos en los que he intervenido

Absolución ante el Tribunal del Jurado (Audiencia Provincial de Murcia)

El Ministerio Fiscal pedía prisión permanente revisable por allanamiento de morada, agresión sexual en tentativa y asesinato. Analicé el teléfono del acusado y demostré que mantuvo actividad continua durante el periodo en que se situaba el crimen: búsquedas en Google, mensajes de WhatsApp recibidos y conexiones a la red WiFi de su domicilio, un dato que no había obtenido el análisis inicial con versiones anteriores del software forense. El informe, que no fue contradicho, se ratificó en juicio y el jurado emitió un veredicto de no culpabilidad (Sentencia 214/2022, de 6 de junio). Ver el caso.

Muerte de una turista en Abanilla (Murcia)

El informe de la Guardia Civil reconocía que no había podido acceder a la mensajería del teléfono. Como perito designado por la defensa solicité un nuevo volcado con un método de extracción completo y, con la conformidad de la Fiscalía y en presencia de agentes especializados, obtuve los datos de WhatsApp y del resto de aplicaciones que no constaban en la causa. Ver el caso.

Geolocalización como prueba exculpatoria

En un procedimiento por robo con fuerza, el historial de ubicaciones del teléfono del acusado demostró que no estuvo cerca del lugar de los hechos. La sentencia destacó expresamente ese análisis. Ver el caso.

Geolocalización: qué precisión tiene cada dato

La pregunta técnica decisiva es siempre la misma: ¿permite este dato afirmar lo que el atestado afirma? No todas las fuentes de ubicación son iguales:

  • Antenas de telefonía (celdas). Indican qué estación base y qué sector atendió una comunicación. El área de cobertura puede ir de cientos de metros en ciudad a varios kilómetros en zonas rurales, y un terminal no siempre se conecta a la antena más cercana.
  • GPS del propio teléfono. Mucho más preciso, pero solo existe cuando una aplicación lo registró y conviene comprobar su margen de error, su origen y su zona horaria.
  • Historial de ubicaciones de Google y otras plataformas. Combina GPS, WiFi y antenas. Desde que Google trasladó la Cronología al propio dispositivo, en la mayoría de los casos estos datos ya no se piden a Google: hay que extraerlos del teléfono.
  • Redes WiFi. Las conexiones a una red conocida, como la del domicilio, pueden situar un terminal con gran precisión.
  • Balizas en vehículos y datos de navegadores, aplicaciones de transporte o dispositivos conectados.

Los datos de tráfico que conservan las operadoras se rigen por la Ley 25/2007, de conservación de datos, y su cesión requiere autorización judicial. Reviso cómo se obtuvieron, si están completos y si el atestado interpreta correctamente cada registro.

Móviles de la víctima y del acusado

Los dos teléfonos cuentan una historia y conviene leerlos juntos:

  • Cronología. Reconstrucción minuto a minuto de la actividad: llamadas, mensajes, aplicaciones abiertas, desbloqueos, cargas de batería y cambios de red. La última actividad de la víctima puede acotar la hora de la muerte; la del acusado, su coartada.
  • Comunicaciones entre ambos. Mensajes, llamadas y mensajes borrados que puedan recuperarse.
  • Extracción completa. Una extracción parcial deja fuera la mensajería o los datos de ubicación. Con Cellebrite Inseyets, Cellebrite Physical Analyzer y MAGNET AXIOM es frecuente recuperar información que el primer volcado no obtuvo. Más detalle en análisis forense de dispositivos móviles.
  • Integridad. Hashes de cada extracción y cadena de custodia desde la intervención del terminal, conforme a la ISO/IEC 27037 y la norma UNE 71506.
  • Otros dispositivos. Relojes inteligentes, vehículos, cámaras de vigilancia y domótica pueden aportar marcas de tiempo independientes que confirmen o contradigan la versión de la acusación.

Cámaras y vídeos de vigilancia

Las grabaciones de cámaras suelen aportarse a la causa como copias, a veces grabadas con un móvil sobre una pantalla. Sin el fichero original no se pueden verificar los metadatos ni la fecha y hora reales. Compruebo si el vídeo aportado es el original, si su hora está sincronizada y si la identificación que hace el atestado es técnicamente posible. En el caso de robo con fuerza el vídeo que se aportó a juicio no era el mismo que habían visionado los agentes.

Ratificar ante un Tribunal del Jurado

El Tribunal del Jurado, regulado en la Ley Orgánica 5/1995, juzga entre otros los delitos de homicidio y asesinato. Lo componen nueve ciudadanos y un magistrado de la Audiencia Provincial que lo preside. Eso cambia la forma de presentar la prueba técnica:

  • Explicar sin tecnicismos qué es una celda, un volcado o un hash, con ejemplos y apoyos visuales.
  • Cronologías y mapas claros, que el jurado pueda seguir y llevarse a la deliberación.
  • Distinguir hechos de inferencias: lo que el teléfono registra frente a lo que se deduce de ello.
  • Soportar el contrainterrogatorio de la acusación y la acusación particular sin perder claridad.

He ratificado informes ante el Tribunal del Jurado y conozco cómo pesa allí la prueba digital. Preparo con el letrado la exposición y las preguntas al perito de la acusación.

Cómo trabajo

  1. Primera valoración. Con el atestado y los informes de la acusación identifico qué prueba digital existe y qué falta.
  2. Diligencias. Le indico qué solicitar: copia forense de los volcados, nueva extracción en presencia del perito de parte, datos de las operadoras o ficheros originales de las cámaras.
  3. Análisis y cronología. Reconstrucción de la actividad y la ubicación de cada terminal.
  4. Informe y ratificación. Informe técnico, sin valoraciones jurídicas, y defensa en juicio. Si la acusación ya tiene un informe pericial, ver contrapericial informática.

Preguntas frecuentes

¿Una antena puede situar a mi cliente en el lugar del crimen?

Puede situar el teléfono dentro del área de cobertura de esa antena, que puede abarcar desde cientos de metros hasta varios kilómetros. Lo que se puede afirmar depende de cada caso y de los demás datos disponibles.

La Guardia Civil dice que no pudo extraer los datos del teléfono. ¿Se puede intentar de nuevo?

Sí. Con otro método de extracción o herramientas más actuales a menudo se obtiene lo que el primer análisis no consiguió, como ocurrió en el caso de Abanilla.

¿Puede el teléfono demostrar una coartada?

Puede aportar datos objetivos de actividad y ubicación compatibles o incompatibles con la versión de la acusación. En el caso del Tribunal del Jurado de Murcia, esa actividad continua fue determinante.

¿En qué fase conviene incorporar al perito?

Cuanto antes. En instrucción todavía es posible pedir datos a las operadoras, nuevas extracciones o los ficheros originales de las cámaras, que con el tiempo pueden perderse.

Solicite una primera valoración

Escríbame exponiendo brevemente el procedimiento —órgano, fase y si hay fecha de juicio— y la prueba digital que existe: teléfonos, antenas, cámaras u otros dispositivos. Le responderé con una primera valoración técnica.

Correo electrónico: gustavo@peritodigital.es
WhatsApp y teléfono: 868 186 360

El material de cada procedimiento se trata bajo estricto secreto profesional y solo se comparte con el letrado que realiza el encargo.