Absuelto de robo con fuerza gracias al análisis forense del móvil y la impugnación del video de vigilancia

El Juzgado de lo Penal nº 1 de Murcia absuelve al acusado tras el informe pericial de Gustavo Martínez que demostró deficiencias en la prueba de video y aportó datos de geolocalización que contradecían la acusación.

Sentencia nº 88/2024 del Juzgado de lo Penal nº 1 de Murcia. Procedimiento Abreviado 92/2020.


El Ministerio Fiscal solicitaba una pena de cuatro años de prisión contra el acusado por un presunto delito de robo con fuerza en las cosas, ocurrido en septiembre de 2018 en una vivienda de Ceutí (Murcia). La única prueba de cargo era un video de las cámaras de seguridad en el que la Policía Local creyó identificar al acusado.

Un video sin garantías procesales

Designado como perito informático por la defensa, analicé el archivo de video aportado al procedimiento judicial. El análisis reveló que no se trataba del mismo video que habían visionado los agentes de la Guardia Civil: el original mostraba la palabra «PISCINA» y la fecha/hora sobreimpresas, mientras que el facilitado para el juicio carecía de estos elementos.

Se trataba de una grabación realizada con un teléfono móvil sobre una pantalla de ordenador, lo que provocaba pérdida de resolución y nitidez. Además, al no disponer de la evidencia original, no fue posible verificar los metadatos ni garantizar que la fecha y hora mostradas fueran correctas. La prueba carecía de las garantías mínimas exigibles a cualquier vestigio digital.

La geolocalización desmontó la acusación

Mediante extracción forense con Cellebrite UFED del terminal móvil Samsung A8 del acusado, obtuve el historial completo de geoposicionamientos almacenado en su cuenta de Google. Los datos demostraron que el teléfono del acusado se encontraba en su domicilio habitual durante el momento del supuesto robo, sin ningún registro que lo situara cerca de la vivienda donde ocurrieron los hechos.

Además, el análisis del histórico completo de localizaciones de todo el año 2018 no encontró ningún registro de posición en dicha vivienda ni en la calle a la que pertenece.

La sentencia: absolución con todos los pronunciamientos favorables

El Magistrado Juez D. Julio Guerrero Zaplana, en la Sentencia nº 88/2024, destacó expresamente el valor del informe pericial:

«En este informe, realizado -parece- con bastante rigor, se destaca en primer lugar el que el video que visionó la Guardia Civil, es distinto al facilitado al perito»

«Pero lo más importante del informe pericial, es que se ha hecho un seguimiento de las localizaciones del teléfono del acusado el día de los hechos, y no pasó ni siquiera cerca del lugar de los hechos»

El fallo fue contundente: absolución con todos los pronunciamientos favorables, al no haberse enervado la presunción de inocencia y por aplicación del principio in dubio pro reo.

Claves técnicas del caso

Este caso ilustra dos aspectos fundamentales del peritaje informático forense en el ámbito penal:

1. Análisis de integridad de evidencias digitales: Un video de vigilancia que no conserva su formato original, sin hash que garantice su integridad, y sin cadena de custodia documentada, carece de valor probatorio.

2. Geolocalización como prueba exculpatoria: Los datos de ubicación almacenados por Google en los dispositivos móviles pueden constituir una coartada digital objetiva y verificable.


Procedimiento: PA 92/2020 · Juzgado de lo Penal nº 1 de Murcia · Sentencia nº 88/2024 de 29 de febrero de 2024